Cada año se implementa en ciertos sectores de la región Metropolitana la restricción vehicular, una medida que se aplica para reducir los niveles de contaminación en la capital a través de la limitación de la circulación de ciertos automóviles.
La iniciativa es impulsada por el Ministerio de Medio Ambiente a través del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) y establece un calendario para el tránsito de vehículos que se define según el último número de su patente y su año de inscripción.
De acuerdo a lo que se ha informado, la medida comienza a regir este viernes 2 de mayo y se extenderá hasta el 31 de agosto.
Particularmente, se comunicó que la restricción será válida de lunes a viernes entre las 07:30 horas y las 21:0 horas y operará en la provincia de Santiago, sumando además a las comunas de San Bernardo y Puente Alto.
Restricción vehicular 2025: ¿a quién está dirigida la medida?
De acuerdo a la información proporcionada por ChileAtiende, la iniciativa durante este año 2025 afectará principalmente a los vehículos catalíticos inscritos antes de 2011 y las motos inscritas antes de 2010.
Según detalló el organismo, a diferencia de años anteriores, para este año se extendió el perímetro que rigió entre 2018 y el 2022, donde la restricción solo se aplicaba al perímetro delimitado por el anillo de Américo Vespucio. Actualmente, la restricción correrá en toda la Provincia de Santiago, además de San Bernardo y Puente Alto.
Calendario restricción vehicular 2025
La restricción permanente involucra a vehículos (automóviles, station wagons y similares) cuyas patentes terminen en los siguientes dígitos:
- Lunes: 6-7
- Martes: 8-9
- Miércoles: 0-1
- Jueves: 2-3
- Viernes: 4-5
Desde este 1 de mayo y hasta el 31 de agosto regirá en Santiago la restricción vehicular como parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) de @MMAChile.
— Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (@MTTChile) April 29, 2025
🗓️Revisa acá los calendarios para los vehículos afectados por la medida. pic.twitter.com/l6mFvkOuT5
Eso sí, quedan exceptuados los vehículos de Carabineros, PDI, Bomberos, Gendarmería, ambulancias, fiscalización, municipales con funciones policiales, estatales (según D.L. 799), transporte público urbano, diplomáticos, escolares autorizados, funerarios, TV con equipos de transmisión, eléctricos o híbridos, a gas con revisión vigente, recolectores de basura, y servicios médicos o de emergencia.
También se excluyen vehículos de personas con discapacidad, enfermedades crónicas o TEA, siempre que cuenten con credencial o certificado médico que acredite la condición, y en estos casos se requerirá autorización previa de la Seremi de Transportes para circular.
Revisa a continuación el calendario de la restricción vehicular:

Calendario restricción vehicular 2025.




