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¿Indemnización aunque renuncies? Quiénes podrían recibirla y qué cambiaría para los trabajadores

La propuesta impulsada por el empresariado busca reemplazar la indemnización por años de servicio, aunque expertos advierten un impacto en los montos finales y en la protección del trabajador.

24horas.cl

Domingo 16 de agosto de 2026

Una propuesta del empresariado para reemplazar progresivamente la indemnización por años de servicio por un sistema a todo evento reinstaló la discusión sobre los derechos laborales en el país. El mecanismo permitiría acumular recursos durante el contrato para ser retirados tanto ante un despido como al renunciar voluntariamente.

Se trata de la inciativa de indemnización a todo evento, que permitiría a los trabajadores acceder a una compensación independiente de la causal por la que termine su relación laboral, incluida una eventual renuncia.

El ministro del Trabajo, Tomás Rau, explicó que la iniciativa todavía se encuentra en etapa de elaboración y que el Ejecutivo espera presentar una propuesta durante los próximos meses, posiblemente dentro de este año.

Uno de los principales cambios sería que el trabajador acumularía recursos durante su relación laboral en una cuenta individual. Según adelantó Rau, se evalúa establecer una cotización de cargo del empleador cercana al 1,8% de las remuneraciones, cuyos fondos generarían rentabilidad.

Actualmente, el Código del Trabajo excluye de este beneficio a quien dimite, salvo pactos específicos desde el séptimo año de contrato. De implementarse el cambio, la medida aplicaría a los trabajadores dependientes, aunque aún no se define si será obligatorio ni la fuente de su financiamiento.

Especialistas del área advierten que el saldo recibido por un trabajador en este formato no necesariamente equivaldría al mes por año del sistema vigente. El cálculo pasaría a depender exclusivamente de las cotizaciones acumuladas durante la relación laboral.

Desde el sector jurídico recuerdan que el formato a todo evento ya opera en las trabajadoras de casa particular mediante un fondo patronal, régimen donde el 55,1% se mantiene en la informalidad.

“Esa experiencia difícilmente puede calificarse como exitosa. Demuestra que crear un fondo no garantiza por sí solo una mayor protección y que, si el diseño reduce los derechos existentes, puede incentivar relaciones laborales fuera del sistema formal”, indicó Pedro Peña, director del Área de Litigación de SoyTrabajador.

¿A quiénes aplicaría?

Rau aclaró que la propuesta no tendría carácter retroactivo. Es decir, no modificaría las condiciones de los contratos que ya están vigentes.

“Los contratos actuales, obviamente, esto no es retroactivo. Es para contratos nuevos”, señaló el ministro.

De esta manera, los trabajadores que ya tienen un contrato mantendrían las condiciones actuales, mientras que el eventual nuevo mecanismo se aplicaría a quienes ingresen a contratos bajo el nuevo sistema, si la propuesta finalmente es aprobada.

El debate legislativo deberá determinar la transición para los contratos vigentes y la eventual pérdida de cobertura económica frente a despidos por necesidades de la empresa. Mientras no exista una reforma aprobada, la renuncia voluntaria solo da acceso al cobro del Seguro de Cesantía.