Durante este jueves, la Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen en donde aclaró diversas dudas que existen sobre las denuncias bajo la nueva Ley Karin.
Según detalló el Diario Financiero, detalló las características sobre la calidad de los investigadores de las denuncias y qué hace en caso de que la víctima decida desistir su denuncia.
El texto, al que tuvo acceso el medio mencionado, señala que "atendiendo a que la investigación se inicia por denuncia de la persona afectada o por otra que actúa en su representación, bien puede optar por un desistimiento".
Agregó que, "el desistimiento debe constar por escrito y ser realizado de forma tal que refleje con claridad la voluntad manifestada por la persona afectada".
Por otro lado, en relación con la calidad de los investigadores de las denuncias, la Dirección del Trabajo, explicó que "si bien la norma no exige un grado académico o estudios en particular, en caso de existir personas que al interior de la empresa cuenten con la debida formación –diplomados o cursos relativos a la materia–, el empleador deberá preferir designarlas versus otras sin ese perfil".
Y, por último, aclaró que si existe la posibilidad de generar incentivos o morigerar las multas a las empresas diligentes en el cumplimiento normativo y preventivo de la legislación.
Ante lo anterior, dijo que, "no existe norma especial que establezca beneficios respecto de las multas cursadas por este servicio a una empresa o sellos que acrediten buen trato dentro de ellas. Lo anterior no obsta a que, a futuro, las instituciones competentes puedan determinar su implementación".