El Gobierno promulgó la Ley N°21.778, que obliga a todos los establecimientos educacionales del país a promover al menos 60 minutos diarios de actividad física, cumpliendo con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y marcando un hito en las políticas de salud pública y educación integral.
La normativa, publicada en el Diario Oficial el 25 de noviembre de 2025, fue impulsada por el actual gobierno a través de los ministerios de Salud, Educación y Deporte, después de permanecer 7 años sin movimiento en la Comisión de Hacienda del Senado.
La ministra de Salud, Ximena Aguilera, dijo que "esta ley nos ayuda porque la salud y el bienestar no se construyen solo con los médicos, sino en las condiciones en que nacemos, nos desarrollamos en la familia, nos educamos y en los ambientes de trabajo"
Por su parte, el ministro de Educación, Nicolás Cataldo, enfatizó estos 60 minutos "van a traernos un cambio a largo plazo como sociedad, pero también tienen un impacto en lo inmediato, especialmente en convivencia escolar y salud mental".
El ministro del Deporte, Jaime Pizarro, comentó que la ley permitirá "desincentivar las conductas sedentarias y el tiempo excesivo en pantallas, factores de riesgo para nuestros niños y niñas".
Las gestiones coordinadas entre el Ejecutivo y los parlamentarios permitieron despejar dudas sobre el impacto financiero y avanzar rápidamente en la tramitación durante 2024 y 2025, logrando una aprobación transversal en el Senado con 22 votos a favor, ninguno en contra y 2 abstenciones.
De esta manera, Chile se suma a países como Finlandia, Francia y China que han implementado políticas similares de actividad física escolar obligatoria, siguiendo las directrices de la OMS que recomienda 60 minutos diarios de actividad moderada o vigorosa para niños y jóvenes de 5 a 17 años.
ALTOS ÍNDICES DE INACTIVIDAD FÍSICA
La ley responde a una urgente necesidad nacional: Chile presenta altos índices de inactividad física, especialmente en mujeres, personas con menor nivel educativo y zonas urbanas. Además, enfrenta desafíos significativos de sobrepeso y obesidad infantil.
Características principales de la ley:
- 60 minutos diarios obligatorios de juegos activos (parvularia) o actividad física (básica y media).
- No reemplaza la asignatura de Educación Física, sino que complementa la jornada educativa.
- Integración pedagógica a través de metodologías activas en otras asignaturas, recreos y transporte escolar.
- Inclusión garantizada para estudiantes con discapacidad y necesidades educativas especiales.
- Formación continua para profesionales y asistentes de educación.
- Sin nuevos gastos para el Estado, integrándose a planes de gestión existentes

¿Cuándo empezará a regir la nueva ley?
La ley entrará en vigencia a partir del año escolar 2027 en dos etapas:
- Primera etapa (2027): Educación Parvularia hasta 4° Básico.
- Segunda etapa (2028): 5° Básico hasta 4° Medio.