La Fiscalía a cargo de la investigación del caso Procultura, uno de las principales del caso Convenios, presentó en su solicitud de desafuero del gobernador Metropolitano Claudio Orrego un total de nueve infracciones en las que la autoridad habría incurrido para favorecer a la fundación liderada por Alberto Larraín.
A través de un extenso escrito, el ente persecutor da cuenta de cómo los nexos entre el gobernador Metropolitano, el psiquiátra y sus respectivos asesores jugaron un rol clave en la adjudicación de los fondos públicos para el proyecto de prevención del suicidio Quédate.
En el marco de la acusación se exponen conversaciones de WhatsApp entre Evelyn Magdaleno Gutiérrez, colaboradora directa de Orrego como jefa de la División de Desarrollo Social y Humano, y María Teresa Abusleme, directora de Procultura, que revelan cómo se fueron acelerando las gestiones para que se visaran los permisos que permitieran luego liberar los fondos.
De hecho, en una de esas instancias, Magdaleno Gutiérrez, para evidenciar que Orrego estaba haciendo su parte, le dice a Abusleme que “el gobernador ha llamado hasta al contralor”, cargo que ese entonces era ejercido por Jorge Bermúdez.
De esta manera, la Fiscalía sostiene en su escrito que la gobernación nunca realizó un análisis de las capacidad técnicas de Procultura para ejecutar el proyecto ni de sus capacidad económicas para resguardar los millonarios fondos que estaba por recibir.
En vez de eso plantea que se trató de una “circunstancia que fue deliberadamente soslayada por el Gobernador Regional Claudio Orrego Larraín”.
“En resumen, la selección de la fundación obedeció a la simple voluntad” de la autoridad metropolitana.
Las nueva infracciones que Orrego habría realizado son:
- El principio de probidad administrativa.
- La preeminencia del interés general en la función pública.
- El principio de imparcialidad en materia administrativa.
- Los principios de eficiencia, eficacia, control y transparencia.
- El control jerárquico permanente del funcionamiento de los órganos y de la actuación del personal de su dependencia.
- Ausencia de control interno, de identificación y análisis de riesgos.
- Falta de seguridad razonable.
- Ausencia de diseño, implementación y ejecución de sistemas de control
- No ejerció la administración de los bienes y recursos propios del GOREM.