El Bono PAD (Pago Asociado a Diagnóstico) es beneficio diseñado para que las personas usuarias de Fonasa, junto a sus respectivas cargas, tengan la posibilidad de acceder a una variedad de paquetes de prestaciones y atenciones de salud cancelando un precio fijo y conocido.
Este sistema de financiamiento cubre distintas intervenciones quirúrgicas o procedimientos médicos específicos, garantizando que el afiliado no enfrente cobros imprevistos al término de su atención.
Requisitos y público objetivo
El acceso al Bono PAD está delimitado para los afiliados o cargas de Fonasa que pertenezcan activamente a los tramos B, C o D; es decir, aquellos ciudadanos que realizan de forma mensual la cotización del 7% de sus ingresos para salud.
Para optar a esta modalidad en la red privada, se deben cumplir las siguientes condiciones:
-
Elegibilidad del tramo: Pertenecer a los tramos B, C o D de Fonasa.
-
Certificación médica: Poseer un diagnóstico que corresponda estrictamente a una de las patologías PAD autorizadas, certificado por un profesional de la salud.
-
Orden médica: Contar con la orden médica emitida por el especialista tratante.
-
Gestión de horas: Solicitar de forma autónoma la hora de atención en alguno de los recintos privados en convenio o en los pensionados de hospitales públicos adscritos.
-
Estado de salud: No presentar otra enfermedad preexistente que ponga en riesgo la salud del paciente al momento de ejecutar la cirugía o procedimiento.
Guía paso a paso para acceder al beneficio
El procedimiento para adquirir y utilizar el Bono PAD se compone de una secuencia de etapas obligatorias que el usuario debe realizar de forma presencial y administrativa:
Exclusiones y limitaciones del sistema
Es pertinente detallar que el Bono PAD posee restricciones específicas de cobertura y no se encuentra disponible bajo ninguna circunstancia dentro de la Red Pública de salud. Las principales exclusiones del beneficio son:
-
Cirugías derivadas: No financia cirugías anexas que surjan a partir de los diagnósticos principales.
-
Plazos postalta: Quedan excluidas las complicaciones médicas que se manifiesten después de transcurridos 15 días desde el alta del paciente.
-
Cataratas: En esta prestación médica, el valor del lente intraocular se debe costear de manera separada mediante un programa médico complementario.
-
Partos: No cubre contingencias médicas inesperadas tales como embolia de líquido amniótico, coagulopatías de consumo o trombofilia. Tampoco aplica si el lactante nace antes de las 37 semanas y presenta complicaciones que exijan tratamientos adicionales (malformaciones o patologías previas al nacimiento). Asimismo, los embarazos múltiples quedan excluidos por ser catalogados de alto riesgo.
-
Hernia abdominal: Si el procedimiento para una hernia abdominal simple o complicada requiere la utilización de una prótesis, esta debe ser financiada de forma independiente.
-
Acceso vascular para hemodiálisis: En casos complejos que requieran el uso de prótesis, dicho insumo debe cancelarse por separado con un programa complementario.