El Instituto de Previsión Social (IPS) informó que las personas beneficiarias de leyes de reparación y pensiones de gracia que tendrán 82 años o más cumplidos al 1 de septiembre de 2025 pueden ingresar su solicitud de Pensión Garantizada Universal (PGU).
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El trámite, para el cual es necesario contar con el Registro Social de Hogares (RSH), permitirá evaluar los antecedentes de las personas para que reciban su pago en septiembre si es que cumplen con los requisitos.
Cabe mencionar que la mayoría de quienes reciben beneficios de reparación no tienen la PGU. Solo acceden a una parte de ella cuando la pensión de reparación (Exonerados, Valech o Rettig) o de gracia es menor al monto máximo de la PGU.
Desde ahora, con Reforma de Pensiones, si las personas cumplen todos los requisitos, podrán recibir el monto completo del beneficio ($250.000 mensuales), según un calendario por tramos de edad.
¿Cuánto y cuándo aumentará la PGU?
Cabe recordar, además, que en septiembre la PGU subirá a $250.000 para todas las personas de 82 o más años que ya la estén recibiendo, sin necesidad de hacer una solicitud. Para los demás grupos de edad, hay un calendario que culmina el 2027.
Una persona con pensión de reparación o de gracia que no tiene la PGU puede hacer su solicitud en las siguientes fechas según su edad:
Edad exigida a septiembre de cada año |
Fecha desde la que se puede presentar solicitud de PGU (pensiones de reparación)
|
Grupo 82 años o más | junio 2025 |
Grupo 75 años o más | junio 2026 |
Grupo 65 años o más | junio 2027 |
¿Qué pasa si una persona con beneficio de reparación ya recibe una parte de la PGU?
El grupo acotado de personas de 82 años y más con beneficios de reparación o pensiones de gracia que, debido a su bajo monto de pensión, ya reciben la PGU, no necesita hacer una solicitud, pues se reajustará de forma automática desde septiembre de 2025.
Requisitos de la PGU
Para obtener la PGU, se deben cumplir algunos requisitos:
- Tener 65 años o más
- No integrar un grupo familiar del 10 % más rico de la población del país (esto se determina en el IPS)
- Tener una pensión base menor o igual a $1.210.828 (no se considera como parte de la pensión base el beneficio por ley de reparación)
- Acreditar al menos 20 años de residencia en Chile desde los 20 años, y 4 de los últimos 5 años anteriores a la fecha de la solicitud.