El Tercer Juzgado de Letras de Iquique condenó al Hospital Regional Doctor Ernesto Torres Galdámez y al Servicio de Salud de Tarapacá al pago de una indemnización de 100 millones de pesos, debido a un falso diagnóstico de cáncer terminal.
La paciente, quien actualmente tiene 91 años, fue desahuciada médicamente en diciembre de 2019. A partir de ese momento, su familia comenzó a suministrarle dosis diarias de morfina y cuidados paliativos bajo la instrucción del mismo recinto asistencial.
El error técnico se descubrió en 2024, luego de que la afectada se sometiera a una laparoscopía en el establecimiento. Durante la intervención, el cirujano constató de forma visual y clínica que el organismo de la mujer no presentaba células cancerígenas ni tumores.
"El médico que la opera se da cuenta de que en la ficha clínica se señala que hay cáncer, pero el médico abre el cuerpo y se da cuenta de que es un cuerpo sano. No hay células cancerígenas. La paciente nunca tuvo cáncer", detalló el abogado de las afectadas, Alan Burzok.
La sentencia judicial catalogó el procedimiento del recinto como una "negligencia inexcusable". El tribunal acreditó que el equipo médico omitió la realización de biopsias u otros exámenes esenciales para confirmar la enfermedad antes de decretar el tratamiento paliativo.
La hija de la adulta mayor afectada, relató que el médico, "Me dice: 'Tu mamá nunca tuvo cáncer, nunca tuvo tumor'. Yo me paré con la razón de irme encima. Me controlé, lo único que le dije, lo voy a poner en el diario. Me dijo, 'hace lo que queraí' y salió puerta afuera. Me hicieron un maltrato psicológico".
Por cuatro años su hija pensó que su madre vivía los últimos días de vida. No solo le dio cuidados paliativos, también compró un nicho para estar preparados.
Tras la resolución de primera instancia, el Hospital Regional de Iquique declinó emitir declaraciones públicas a la prensa y confirmó mediante un comunicado oficial que apelará a la sentencia dictada por el tribunal de letras.
La familia de la afectada anunció que también recurrirá a instancias superiores para elevar el monto de la reparación económica, al considerar que los vestigios físicos, el uso innecesario de oxígeno y el daño emocional provocado resultan irreparables.