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Grabado de patentes: ¿desde cuándo se comenzará a exigir y cuáles son las multas por no cumplir con la medida?

"La ley y el reglamento son claras respecto al grabado: seis vidrios y dos espejos como línea base", sostuvo el ministro Muñoz.

Gloria Tapia Leiva

Martes 15 de abril de 2025

Cada vez queda menos para que se comience a exigir en las calles del país el grabado de patentes en vidrios y espejos de los vehículos, a propósito de la Ley 21.601, que busca reducir la venta de piezas robadas. 

Se trata de una medida que será obligatoria y, en caso de que los conductores sean sorprendidos sin las matrículas inscritas en dichos lugares, podrían arriesgarse a ciertas multas. 

¿Cómo se debe realizar el grabado, desde cuándo se comenzará a fiscalizar y cuáles son las multas asociadas por no cumplir con esta medida? Te contamos todos los detalles a continuación. 

MTT

Grabado de patentes: la forma correcta de realizarlo

El grabado de patentes se debe implementar de manera correcta y de acuerdo con las indicaciones estipuladas en el reglamento. 

Al respecto, el ministro de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), Juan Carlos Muñoz, comentó que "la ley y el reglamento son claras respecto al grabado: seis vidrios y dos espejos, como línea base. En tanto, aquellos vehículos que tienen menos, como las motos, sí o sí deben grabar en sus retrovisores. Por lo mismo, revisar previamente que estas piezas cuenten con el grabado, es clave para ir poniéndose al día con la medida". 

En concreto, el tallado de patentes se debe ejecutar de la siguiente manera:

  • Debe ser permanente, es decir, que haya implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada (arenado, tallado, ácido, etc.)
  • La letra debe legible y en formato normal. Esto significa que no use elementos como cursiva o negrita; y todo siempre en mayúscula
  • En cuanto al tamaño del grabado, la normativa exigirá:

-Para las letras y dígitos de los vidrios, entre 7 y 10 milímetros de altura

-Por su parte, en los espejos laterales, la altura deberá ser entre 5 y 10 milímetros

Si su vehículo ya cuenta previamente con el grabado, el propio reglamento establece que quedan eximidos de cumplir tamaño, ubicación, y otras características, siempre y cuando ese grabado haya sido realizado de forma permanente, que sea legible, y también, que estén grabados al menos seis vidrios, además de los dos espejos laterales.

Y si un vehículo tuviese más vidrios (por ejemplo, un bus o furgón), aplica justamente esa cifra, como mínimo. En tanto, para el caso de aquellos que tuviesen menos vidrios o espejos, aplica la totalidad (como el caso de las motos, específicamente, sus retrovisores).

MTT

¿Cuándo se comenzará a fiscalizar el grabado de patentes?

De acuerdo a lo informado por el MTT, el reglamento comenzará a ser fiscalizado desde el próximo 15 de mayo. 

La medida será inspeccionada en las calles por personal de fiscalización del Ministerio de Transportes y también por funcionarios de Carabineros

Sobre esto, el comandante Rodrigo Pérez, de la Prefectura Tránsito de la institución policial, explicó que “si bien es una normativa que al ser incumplida corresponde una notificación al juzgado policial local, más allá de la infracción, tenemos que reflexionar respecto al fondo de la ley, que es mitigar la oportunidad para aquellos que cometen delitos. En el fondo, estamos ayudando en materias de prevención en seguridad pública. Por lo tanto, el llamado es a aquellos que no lo han hecho que cumplan con la normativa que ya está en vigencia”.

El otro control es el que se realizará en las mismas Plantas de Revisión Técnica, las cuales ya cuentan en sus manuales de inspección visual la incorporación del grabado como elemento a certificar, lo cual se realizará precisamente desde el 15 de mayo.

Cabe destacar que quienes no cumplan con la medida, se exponen a multas de 1 a 1,5 UTM, o bien, a un rechazo en el proceso de obtención de la revisión técnica.

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