A partir del 1 de agosto de 2025, los bancos y emisores de medios de pago en Chile deberán dejar de utilizar las tradicionales tarjetas de coordenadas. Una medida fue instruida por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) mediante la Norma de Carácter General N° 538, que establece nuevos estándares mínimos de seguridad y autenticación para operaciones.
La normativa exige la implementación de mecanismos de Autenticación Reforzada de Cliente (ARC), definidos como procesos que combinan al menos dos factores de autenticación independientes. Estos pueden incluir elementos de conocimiento (como una clave), posesión (un dispositivo o token) e inherencia (biometría, como huella o reconocimiento facial).
Fin de mecanismos impresos
Una de las disposiciones clave de la NCG N° 538 es la prohibición del uso de mecanismos impresos, como las tarjetas de coordenadas, consideradas obsoletas frente a los riesgos de suplantación y fraude.
Esta eliminación implica que los usuarios deberán migrar a métodos más seguros y modernos, como aplicaciones móviles o dispositivos físicos con generación de códigos únicos.
La autenticación reforzada será obligatoria en situaciones como:
- Transferencias electrónicas de fondos.
- Modificación de datos personales o claves.
- Incorporación o reemplazo de dispositivos de confianza en plataformas digitales.
Si bien la norma entra en vigor el 1 de agosto de 2025, los casos donde la autenticación reforzada es obligatoria comenzarán a regir desde el 1 de julio de 2026.
Responsabilidad de los emisores
La CMF establece que los emisores serán responsables de cualquier perjuicio que sufran los usuarios en caso de incumplimiento de los estándares de seguridad, registro y autenticación.
Además, la entidad fiscalizadora podrá imponer sanciones a quienes no se ajusten a la nueva normativa.