La Corte de Apelaciones de La Serena acogió un recurso de protección a favor de un paciente de 62 años con leucemia, a quien un comité del Ministerio de Salud (Minsal) le había negado un trasplante de médula ósea.
Según el recurso, el hombre fue diagnosticado con leucemia mieloide aguda en noviembre de 2025 y comenzó quimioterapia en el Hospital de La Serena. Logró la remisión completa, pero el 7 de julio de 2026 los controles detectaron la reaparición de la enfermedad a nivel molecular, sin recaída hematológica comprobada.
Su equipo médico lo postuló entonces a un trasplante alogénico. Los estudios mostraron que sus hijos y su hermano eran 100% compatibles como donantes.
El 2 de septiembre, el Comité Técnico Asesor para la Revisión de Casos de Trasplante de Progenitores Hematopoyéticos (TPH) Adulto de la Subsecretaría de Redes Asistenciales resolvió que no tenía indicación según el protocolo nacional, que considera a personas mayores de 15 y menores de 60 años. Según la defensa, la alternativa era acudir al sistema privado, con un costo cercano a los $200 millones.
Exámenes de sangre - imagen referencial
¿Qué dijo el Ministerio de Salud?
En su informe, el Minsal sostuvo que el comité evalúa los casos de forma técnica y anónima, y que ordenar por vía judicial prestaciones fuera de los protocolos afecta la planificación sanitaria y la equidad entre pacientes.
El Servicio de Salud Coquimbo, también recurrido, alegó que no participó en la decisión.
Lo que resolvió la Corte
El tribunal concluyó que la negativa fue arbitraria, porque se basó en un tope de edad "sin asidero en el conocimiento científicamente afianzado", e ilegal, por contravenir las normas que protegen el derecho a la vida y la salud de las personas mayores.
Además, planteó que el comité no explicó con suficiencia las razones científicas del rechazo, por lo que ordenó al Minsal gestionar de manera urgente y a la brevedad posible todas las medidas para ejecutar el trasplante. La Corte aclaró que su decisión se limita a este caso y no fija políticas públicas generales.
El recurso se rechazó respecto del Servicio de Salud Coquimbo, que no tuvo injerencia en la decisión.
La apelación del Fisco
El 15 de octubre, el Consejo de Defensa del Estado apeló. Argumenta que el comité actuó con criterios técnicos y que, al estar en remisión con recaída solo molecular y no clínica, las pautas médicas (como la escala EBMT) no recomiendan el trasplante alogénico en esta fase por su alta toxicidad, sosteniendo que la decisión no se basó únicamente en la edad.