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A ley nuevo proyecto migratorio: Las medidas que facilitarán la expulsión de extranjeros en situación irregular

La iniciativa fortalece las facultades de los organismos públicos para ejecutar expulsiones administrativas, contempla el ingreso a viviendas con autorización judicial y refuerza el registro de datos biométricos de extranjeros en situación migratoria irregular.

24horas.cl

Expulsión administrativa

Martes 20 de octubre de 2026

El Congreso despachó una iniciativa que busca agilizar la ejecución de expulsiones de extranjeros en situación migratoria irregular en Chile, mediante nuevas atribuciones para los organismos competentes y modificaciones a los procedimientos de ingreso a domicilios.

La propuesta apunta a mejorar la coordinación entre las instituciones encargadas de hacer cumplir las medidas migratorias, facilitar la localización de personas sujetas a expulsión y fortalecer los mecanismos de identificación.

Uno de los principales cambios es la regulación del ingreso a domicilios para ejecutar expulsiones administrativas. Para ello, se contempla la intervención de los jueces de garantía, quienes tendrán competencia para conocer las solicitudes de ingreso a viviendas destinadas a cumplir estas medidas, conforme a la legislación migratoria.

Nuevas causales y herramientas para ejecutar expulsiones

El proyecto incorpora otras modificaciones destinadas a agilizar los procedimientos migratorios y ampliar las facultades de las autoridades.

Entre ellas, se incluye la incorporación de las graves alteraciones del orden público como causal para que el subsecretario del Interior decrete una expulsión, sumándose a las razones vinculadas con la seguridad interior o exterior del Estado.

También se faculta al Servicio Nacional de Migraciones para solicitar información a personas naturales, empresas y funcionarios públicos, con el propósito exclusivo de obtener el nombre completo, domicilio y correo electrónico de extranjeros en situación irregular y notificarles resoluciones de expulsión.

Esta facultad contempla excepciones para niños, niñas y adolescentes, establecimientos de educación parvularia, básica y media, y establecimientos de salud públicos o privados. La recopilación de información deberá respetar las normas de protección de datos personales y los derechos de la niñez.

Asimismo, se establece que los extranjeros que reingresen irregularmente a Chile, pese a tener una prohibición de ingreso vigente y una orden de expulsión pendiente de ejecución, podrán ser expulsados sin iniciar un nuevo procedimiento administrativo, cuando se cumplan las condiciones legales y no proceda la reconducción administrativa.

Reducen plazo para reclamar contra una expulsión

La normativa también modifica las reglas para impugnar judicialmente una medida de expulsión. El plazo para presentar una reclamación judicial se reducirá de 10 a cinco días. La ejecución de la medida quedará suspendida desde que el recurso sea declarado admisible.

Además, se reconoce legalmente la apelación ante la Corte Suprema, con una tramitación expedita, conocimiento en cuenta y sin alegatos.

En materia de notificaciones, se reducirá de dos a uno el número de intentos fallidos de notificación personal necesarios para habilitar el envío por correo electrónico. También se permitirá que la PDI retenga los documentos de viaje una vez notificada la expulsión y vencido el plazo para recurrir.

Expulsión inmediata y coordinación con la Fiscalía

La ley también perfecciona el mecanismo de expulsión inmediata para extranjeros en situación migratoria irregular que estén formalizados, acusados o requeridos por simples delitos.

Esta posibilidad estará sujeta a requisitos específicos: la pena concreta que pueda imponerse no deberá exceder los tres años de privación de libertad y la persona no podrá registrar condenas anteriores por crimen o simple delito.

La solicitud corresponderá al Servicio Nacional de Migraciones y deberá ser resuelta por el tribunal, considerando los antecedentes del caso y la eventual afectación de investigaciones penales.

Finalmente, respecto a las discrepancias que fueron zanjadas por la Comisión Mixta, respecto del plazo mínimo de prohibición de ingreso a Chile para extranjeros expulsados, se aumentó de tres a cinco años el plazo mínimo de prohibición de ingreso para personas extranjeras expulsadas administrativamente.