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Restaurante de Vitacura permitió que clientes ebrios siguieran bebiendo: Corte confirma multa

La justicia ratificó una sanción de 25 UTM contra el local de comida peruana, que no tomó medidas para impedir que los comensales continuaran consumiendo alcohol ni acreditó protocolos para resguardar sus pertenencias.

24horas.cl

Barman sirviendo pisco sour y un hombre tapándose el rostro por estar ebrio

Jueves 15 de octubre de 2026

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la multa de 25 UTM contra un restaurante de comida peruana ubicado en Vitacura, luego de establecer que incumplió su deber de seguridad al permitir que clientes siguieran bebiendo pese a presentar signos de ebriedad.

El fallo, dictado el 8 de octubre de 2026, también consideró que el local no acreditó contar con procedimientos para recibir, resguardar y devolver objetos extraviados por sus clientes.

¿Qué pasó en el restaurante?

El caso se remonta al 3 de junio de 2021, cuando cuatro personas compartieron una cena en el recinto de comida peruana. Al día siguiente, uno de los comensales denunció que no encontraba su teléfono celular ni las llaves de su automóvil.

Además, se registró un intento de compra por $1.830.980 en Ripley.com mediante sus instrumentos bancarios. El teléfono fue localizado posteriormente en el domicilio de un trabajador del local y devuelto en una comisaría.

Al revisar los antecedentes, la Corte consideró que trabajadores del restaurante reconocieron haber advertido señales de ebriedad en los clientes, quienes, pese a ello, continuaron consumiendo alcohol. Para el tribunal, esto constituyó un incumplimiento de la normativa que prohíbe suministrar bebidas alcohólicas a personas en manifiesto estado de embriaguez.

Comida peruana - Imagen referencial

¿Qué pasó con el garzón?

Durante la tramitación de la apelación también se incorporaron antecedentes sobre una causa penal contra el garzón que atendió a los comensales y entregó el teléfono a Carabineros.

El 9 de marzo de 2026, el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago formalizó la investigación en su contra por el delito de hurto por hallazgo consumado y decretó arraigo nacional, medida cautelar que le impide salir del país.

Esta formalización no equivale a una condena. La Corte señaló que los antecedentes de otros procedimientos no modificaban lo resuelto en la causa contra el restaurante.

Persona entregando comida peruana - imagen referencial

Corte rechazó indemnización

Uno de los afectados también solicitaba una indemnización por los perjuicios que atribuyó a los hechos, pero la Corte mantuvo el rechazo de esa demanda al estimar que no se acreditaron suficientemente los gastos reclamados, el daño moral ni su relación con lo ocurrido.

Así, el tribunal confirmó la multa de 25 UTM al restaurante, pero no concedió la compensación económica solicitada.